Consejo de Escuela

 

La Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, establece en su artículo 80 que:

“Los Consejos de Escuela serán los órganos principales de gobierno de estas dependencias y se integrarán por:  

I.                    El Director de la Escuela, como Presidente;

II.                  El Secretario de la Escuela, como Secretario de Actas y Acuerdos;

III.                Seis representantes académicos de la Escuela, y

IV.                Tres alumnos de la Escuela”

 

Atribuciones de los Consejos de Escuela     Ley Orgánica, artículo 81

 

El Estatuto General de la Universidad de Guadalajara, prevé en su artículo 173 que:

 “…Los Consejos de Escuela sesionarán válidamente en pleno o por comisiones, con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Podrán funcionar en pleno y por Comisiones, las cuales serán permanentes y especiales. Las Comisiones Permanentes serán las siguientes:

        I.                    De Educación

II.                  De Normatividad;

III.                De Hacienda; y

IV.                De Responsabilidades y Sanciones.

 

Funcionarán con el carácter de Especiales aquellas que acuerde el Consejo de Escuela con las atribuciones y para los fines que se les asignen.

Para la elección de los representantes académicos y estudiantiles de los Consejos de Escuela se observará, en lo conducente, lo estipulado por los artículos 158, 159 y 160 del mismo estatuto.”

 

El Estatuto Orgánico del Sistema de Educación Media Superior, en su artículo 74 dice:

 “La máxima autoridad colegiada de una escuela será el Consejo de Escuela, cuya definición y atribuciones se establecen en los artículos 80 y 81 de la Ley Orgánica y en el artículo 173 del Estatuto General, debiendo integrarse cada año con sus titulares, cada uno de los cuales tendrá un suplente para sustituirlo en sus ausencias temporales o definitivas”.

 

Además, define las funciones que desarrollarán cada una de las Comisiones Permanentes del Consejo de Escuela.

Funciones de la Comisión de Educación                                  Estatuto Orgánico del SEMS, artículo 79

Funciones de la Comisión de Normatividad                             Estatuto Orgánico del SEMS, artículo 80

Funciones de la Comisión de Hacienda                                    Estatuto Orgánico del SEMS, artículo 81

Funciones de la Comisión de Responsabilidades                 Estatuto Orgánico del SEMS, artículo 82